Adicionalmente, permitirá que una persona pueda tener una cuenta 2 en más de una AFP, entre otros puntos.
Tras nueve meses de discusión, la Cámara de Diputados aprobó ayer, en su tercer y último trámite constitucional, el proyecto de ley del gobierno que moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero.
La iniciativa –aprobada con 93 votos a favor, 13 en contra y una abstención– será remitida al Ejecutivo para su próxima promulgación y entrada en vigencia como Ley de la República.
El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, expresó su satisfacción y la del Gobierno que encabeza el Presidente Sebastián Piñera por la aprobación de este proyecto, que forma parte de la Agenda Mercado de Capitales Bicentenario (MKB) que impulsa esta cartera.
"La aprobación final de este proyecto de ley constituye una inyección a la vena para la gran clase media chilena", dijo el jefe de las finanzas públicas a periodistas en la sede del Congreso Nacional en Valparaíso.
1. Seguros
-Licitación Seguros Asociados a Hipotecarios: los seguros asociados a créditos hipotecarios deberán ser contratados por medio de una licitación pública; serán adjudicados al oferente que presente el menor precio; será del deudor cualquier suma que reembolse el asegurador por mejor siniestralidad, volumen de primas u otros conceptos, y se mantiene el derecho de los deudores a contratar individual y directamente sus seguros.
-Consulta de Contratos de Seguros: el proyecto crea un Sistema de Consultas de Seguros, electrónico y de fácil acceso, a través del cual las personas puedan consultar los seguros vigentes que tengan contratados. El sistema será administrado por la SVS y operaría sobre la base de la información que las aseguradoras proporcionarían, en forma individual, para cada consulta ingresada al sistema. Esto busca evitar que, por desconocimiento, las personas pierdan los derechos económicos asociados al cobro de seguros y que estas estén sobre o sub-aseguradas respecto de determinados riesgos.
-Inversión en Activos Inmobiliarios: el proyecto modificará la Ley de Seguros en lo relativo a la inversión en activos inmobiliarios. Aumenta el límite para invertir directamente en bienes raíces tanto habitacionales como no habitacionales, y permite inversiones en bienes raíces habitacionales para respaldar la reserva técnica y el patrimonio de riesgo (5%), a la vez que incrementa el límite de participación individual de las aseguradoras en créditos sindicados.
2. Pensiones
-Fomento al Ahorro Previsional Voluntario: introduce cambios en materia institucional y tributaria para fomentar el APV, evitando la doble tributación de los depósitos de APV y APV Colectivo y en las Cuentas de Ahorro Voluntario (conocidas también como Cuenta 2), cuando estos se destinan a la pensión de una persona. Además, la Cuenta 2 podrá abrirse en más de una AFP.
-Materias de Inversión: se elimina a los emisores de alta calidad pero sin historia de la categoría de instrumentos restringidos, y se suprime la exigencia de cobertura cambiaria mínima para inversiones en moneda extranjera y el tratamiento de los excesos de inversión, dejando dichas materias radicadas en el Régimen de Inversión. Se simplifica la información que se envía a los afiliados en su cartola cuatrimestral, de manera que sea fácil y claro conocer el saldo en pesos de las cuentas de ahorro previsional.
3. Valores
Valores: mejora la definición de valores con presencia bursátil, permite la publicación electrónica de balances y estados de resultados en su sitio web en lugar de medios de comunicación, y modifica el sistema de inscripción de valores extranjeros (cobro de hasta UF500 para un mismo patrocinador).
Fuente: Diario Estrategia - jueves, 3 de noviembre de 2011